Declaración de la nulidad del interés de demora pactado en la Ejecución de Título no Judicial seguida ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Requena
Se declara mediante AUTO Nº 11/15, la nulidad del interés de demora pactado en el procedimiento de ejecución y procede dejar sin efecto las reclamaciones efectuadas a la parte ejecutada por dicho interés, debiéndo ser devueltas por el BBVA las cantidades pagadas por dicho concepto.
De nuevo se estima las alegaciones de Albares Abogados Manises y Valencia, considerando que la ejecución no puede serguir adelante por los intereses de demora aplicables al caso por ser abusivos y nulos, del 29% por lo cual no puede inponerse ni ser ejecutivos conforme a las disposiciones legales y jurisprudenciales, debiendo ser devueltas las cantidades pagadas de más por el ejecutado desde el AUTO que despacha ejecución de fecha 10 de Diciembre de 1993.