13 Ago Delito de amenazas
El delito de amenazas: cuándo es delito y cómo defenderte

El delito de amenazas
El delito de amenazas es una de las figuras penales más comunes, pero también una de las más complejas de analizar. En muchas ocasiones, lo que una persona percibe como amenaza puede no tener encaje legal, mientras que otras situaciones sí configuran un delito. En esta guía te explicamos de forma clara qué se considera una amenaza penalmente relevante, qué tipos existen, qué penas conlleva y cómo puede defenderse una persona acusada de este delito en España.
Qué es delito de amenazas según el Código Penal
El delito de amenazas está regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal español. Según la legislación, se considera delito de amenazas cualquier acción mediante la cual una persona comunica a otra su intención de causarle un mal, que puede ser a su persona, bienes, familiares o allegados.
Para que esta conducta sea considerada delito, deben cumplirse ciertos requisitos:
- Que la amenaza sea seria y verosímil.
- Que se refiera a un mal determinado, futuro y posible.
- Que el objetivo de la amenaza sea intimidar o coaccionar.
No basta con un insulto o una expresión genérica de enfado: debe haber un mensaje claro que provoque temor real en la víctima.
Tipos de amenazas penales
El Código Penal distingue varios tipos de amenazas en función de su gravedad, del medio utilizado y de las circunstancias en que se producen. A continuación, detallamos los principales:
Amenazas condicionales (art. 169 CP)
Se dan cuando el autor exige a la víctima una condición para no ejecutar el daño anunciado (por ejemplo: «Si no me pagas, te haré daño»). Este tipo de amenazas se consideran más graves.
Penas: De 1 a 5 años de prisión, si la condición es constitutiva de delito; de 6 meses a 3 años, si la condición no constituye delito.
Amenazas no condicionales (art. 170 CP)
Son amenazas directas, sin exigir una condición previa. Por ejemplo: «Te voy a matar». La pena dependerá de si se cumplen ciertos agravantes.
Amenazas leves (art. 171.4 CP)
Este tipo de amenazas no alcanzan la gravedad necesaria para considerarse delito grave, pero sí pueden ser sancionadas. Son frecuentes en entornos familiares o de pareja.
Penas: Multas o trabajos en beneficio de la comunidad. En algunos casos pueden conllevar también órdenes de alejamiento.
Amenazas en el ámbito de violencia de género o familiar
Cuando la amenaza se produce en el marco de una relación afectiva o familiar, las penas pueden agravarse. Esto se debe a la especial vulnerabilidad de la víctima y a la necesidad de proteger entornos sensibles como la pareja o los hijos.
Penas: En estos casos, pueden imponerse penas privativas de libertad, inhabilitación para ejercer la patria potestad o tenencia de armas, entre otras.
Qué se necesita para denunciar un delito de amenazas
Para que una amenaza sea perseguida penalmente, es fundamental que la víctima presente una denuncia ante la policía o el juzgado. En la denuncia debe incluir:
- Una descripción clara de los hechos.
- Identificación del presunto autor (si se conoce).
- Pruebas disponibles (grabaciones, mensajes, testigos).
En casos graves, se puede solicitar una orden de protección inmediata si existe riesgo para la integridad de la víctima.
Cómo se prueba un delito de amenazas
El éxito de una denuncia por amenazas dependerá en gran medida de las pruebas que puedan presentarse. Estas pueden incluir:
- Mensajes de texto, WhatsApp o correos electrónicos.
- Grabaciones de audio o vídeo.
- Testigos presenciales.
- Informes médicos o psicológicos si ha habido afectación emocional.
También es importante demostrar que la amenaza generó un temor real, no solo subjetivo. En este punto, los informes periciales pueden ser clave.
Diferencia entre amenaza y coacción
Es importante no confundir el delito de amenazas con el de coacciones. Mientras que la amenaza implica anunciar un mal futuro para intimidar, la coacción supone una imposición directa de una conducta (impedir salir de casa, obligar a hacer algo contra la voluntad, etc.).
Ambos delitos pueden coexistir, pero tienen elementos distintos que deben ser valorados por el juez.
Qué hacer si recibes una amenaza
Si una persona recibe una amenaza que considera grave o verosímil, debe actuar de inmediato:
- Guardar todas las pruebas posibles (mensajes, audios, vídeos).
- No responder de forma agresiva ni entrar en provocaciones.
- Contactar con un abogado penalista para valorar la situación.
- Denunciar ante la policía o el juzgado de guardia.
El tiempo es un factor clave: actuar rápido puede permitir que se dicten medidas de protección.
Cómo defenderse ante una acusación de amenazas
En caso de ser acusado de un delito de amenazas, es fundamental contar con una defensa legal sólida. Algunas líneas de defensa posibles son:
Negar la veracidad de los hechos
La defensa puede argumentar que la amenaza no existió, o que fue tergiversada por la supuesta víctima. Esto se refuerza con testigos, grabaciones o contradicciones en el relato del denunciante.
Acreditar la falta de intencionalidad
Otra estrategia es demostrar que no existió la intención real de causar un mal, sino que se trató de un comentario fuera de lugar, fruto del enfado, sin que existiera un plan o intención intimidatoria.
Falta de pruebas
Sin pruebas, no hay delito. Si la acusación no puede aportar evidencias claras, el caso puede ser archivado o desembocar en una absolución.
Ausencia de verosimilitud
Una amenaza irreal, imposible o absurda no suele ser constitutiva de delito. Por ejemplo, decir “te enviaré un ejército de dragones” no tiene relevancia penal.
Consecuencias de una condena por amenazas
Las consecuencias legales y personales de una condena por delito de amenazas pueden ser muy graves:
- Entrada en prisión en casos graves o reincidentes.
- Antecedentes penales.
- Pérdida de empleo (especialmente en empleos públicos o con menores).
- Órdenes de alejamiento o restricciones de comunicación.
- Limitación de derechos como la tenencia de armas o la patria potestad.
Por ello, es esencial no tomarse a la ligera una denuncia por amenazas, incluso si parece injusta.
La importancia de contar con un abogado penalista
Tanto si eres la víctima como si eres el acusado en un procedimiento penal por amenazas, contar con un abogado penalista especializado es fundamental. Un profesional con experiencia puede:
- Asesorarte desde el primer momento sobre cómo actuar.
- Preparar y presentar la denuncia o defensa con garantías.
- Negociar penas mínimas o alternativas cuando sea posible.
- Detectar errores procesales que beneficien a su cliente.
En un campo tan técnico y delicado como el derecho penal, la especialización marca la diferencia.
Conclusión
El delito de amenazas en España tiene implicaciones legales muy serias y requiere un conocimiento profundo del Código Penal y de la jurisprudencia. No todas las amenazas son delito, pero muchas sí lo son, y pueden acarrear penas de prisión, multas y otros efectos colaterales muy perjudiciales.
Tanto si eres víctima como acusado, contar con un abogado penalista experto puede marcar la diferencia entre una condena y una absolución. En casos así, no te la juegues: busca asesoramiento legal desde el primer momento.
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