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    Derecho de Familia
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    DERECHO DE FAMILIA

    El Derecho de Familia, regula las relaciones legales de personas con vínculos de pareja, herencia, familiares, de parentesco o bien ligados por tutelaje o vínculo de protección. La complejidad de la situación legal de este ámbito hace muy recomendable recurrir al asesoramiento de abogados especializados y competentes. Le ofrecemos nuestra representación legal en el terreno judicial y extrajudicial, con la experiencia contrastada de nuestro despacho de abogados en Manises y Valencia.

    En Albares Abogados creemos que un buen un asesoramiento legal es fundamental para conseguir el mejor acuerdo entre las partes. Somos especialistas en divorcios, tenemos una amplia experiencia en asuntos de divorcio exprés y como abogado matrimonial. Albares Abogados Manises y Valencia le aconseja y ayuda a resolver sus problemas en el ámbito del derecho de familia.

    • Algunos de nuestros servicios en este ámbito

      • Divorcios
      • Separaciones
      • Modificación de Medidas
      • Tutela
      • Curatela
      • Ejecución Forzosa en procesos de familia

    • Algunos de nuestros servicios en este ámbito

      • Celebración del Matrimonio
      • Parejas de hecho
      • Adopción
      • Alimentos entre parientes
      • Patria potestad
      • Paternidad, maternidad y filiación

    En Albares Abogados Manises y Valencia, le asesoramos en los asuntos de familia, ofreciendo siempre desde el principio un trato amistoso con las dos partes, intentando con ello, evitar tiempo y costes innecesarios para nuestros clientes, prevaleciendo siempre el interés de los menores.

    Algunas de las cuestiones que se deben tener en cuenta a la hora de solicitar el divorcio, bien sea de mutuo acuerdo o de forma contenciosa

    ¿Qué es el Divorcio de Mutuo Acuerdo?

    El Divorcio de Mutuo Acuerdo, también llamado Express, es la forma más fácil, rápida y económica de divorciarse.

    Para iniciar este procedimiento, es fundamental que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse. Además, y algo muy importante, no tendrían que verse las caras en juicio.

    Gracias a este acuerdo entre cónyuges, llamado Pacto de Convivencia o Convenio Regulador, el tiempo y el coste del procedimiento se ven reducidos considerablemente. Si bien es cierto, que en cada Juzgado puede variar el plazo, lo más normal, es el período de un mes desde que presentamos la demanda de divorcio y el Convenio Regulador, firmado por las partes.

    En Albares Abogados, evitamos posibles costes innecesarios en el procedimiento, realizando la representación “apud acta”, que es un acto gratuito por nuestros clientes en el Juzgado, donde otorgarán la representación a nuestro Procurador de los Tribunales y también lo más normal, según solicite el Juzgado, ratifiquen el convenio regulador en sede Judicial, evitando mayor pérdida de tiempo.

    ¿Qué pasos tengo que seguir para divorciarme de mutuo acuerdo?

    • En primer lugar, y de forma necesaria, debe de haber transcurrido un plazo, concretamente de tres meses desde el matrimonio, sea civil o religioso.
    • En segundo lugar, en Albares Abogados, recomendamos la existencia de acuerdo entre ambos cónyuges.
    • Una vez esté claro el pacto entre los esposos, se debe preparar y firmar, un Convenio Regulador en el que deberán figurar, obligatoriamente, los acuerdos a los que hayan llegado los cónyuges, como pueden ser (guarda y custodia de los hijos, si los hubiere, uso y disfrute del domicilio conyugal, reparto de los bienes gananciales, etc).
    • Junto con el convenio regulador deberá aportarse un certificado literal de matrimonio y de nacimiento de los hijos, si los hubiese, así como un certificado de empadronamiento de cualquiera de los esposos.
    • Presentación de la demanda con abogado y procurador, que podrá ser el mismo para los dos cónyuges, al tratarse de un divorcio de mutuo acuerdo.
    • Comparecencia de los cónyuges en el Juzgado para ratificar la demanda y el convenio.
    • Finalmente se dicta sentencia, y el propio Juzgado mandará de oficio que se inscriba la misma en el Registro Civil correspondiente.

    ¿Qué documentos son necesarios para divorciarse?

    Para iniciar la tramitación de cualquier procedimiento de divorcio, tanto si es amistoso o contencioso, la demanda deberá ir acompañada de una serie de documentos:

    • Certificado literal de Matrimonio. Se puede solicitar por el interesado en el Registro Civil de la localidad del matrimonio, o puede dejarlo en nuestras manos, y el departamento de administración de Albares Abogados Valencia/ Manises, lo solicitará por ud, sin coste adicional alguno.
    • Certificado literal de Nacimiento de los hijos, en el caso de que existan hijos en común. Este documento habrá de solicitarse en el Registro Civil de la localidad donde tuvo lugar el nacimiento de los hijos, o dejarlo en manos de Albares Abogados para que lo solicite, sin coste adicional para ud, evitándole así, también este trámite.
    • Certificado de empadronamiento de cualquiera de los cónyuges. Es necesario para acreditar la residencia y domicilio actual de los esposos. Con este documento, se podrá demostrar la competencia territorial del Juzgado al que iría presentada la demanda de divorcio. El certificado se solicita en el Ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre empadronado.

    ¿Qué diferencia hay entre Divorcio y Separacion?

    Conforme al Artículo 83 del Código Civil, “la sentencia de separación produce la suspensión de la vida común de los casados (….)”. En otras palabras, con el proceso de separación se interrumpe la convivencia matrimonial, pero no permite a los cónyuges contraer nuevo matrimonio, ya que el vínculo matrimonial sigue existiendo. En el procedimiento de divorcio, en contraposición al de separación, se disuelve el vínculo matrimonial, lo que permite a cualquiera de los cónyuges contraer nuevo matrimonio.

    ¿Quién puede solicitar el divorcio?

    En la actualidad, y en virtud del Artículo 86 del Código Civil, el divorcio puede ser solicitado por ambos esposos, por uno solo de los esposos, o por uno de los esposos con el consentimiento del otro. La conclusión, es que para iniciar el trámite de divorcio NO es necesario que los dos esposos quieran divorciarse. La negativa de uno de los cónyuges NO impide la tramitación del procedimiento de divorcio.

    ¿Es necesario alegar alguna causa de divorcio para presentar la demanda de divorcio?

    No. El art. 86 del Códo Civil dice que “Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro…” Siendo el único requisito que hayan trascurrido tres meses desde la celebración del matrimonio. Salvo que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad del cónyuge demandante o de sus hijos, en tal caso no será necesario el transcurso de dicho plazo. Por lo tanto, en la actualidad no es necesario justificar causa alguna para divorciarse. Será suficiente la voluntad de una de las partes para solicitarlo.

    ¿Se puede contraer matrimonio después de haber obtenido el divorcio?

    , es posible volver a contraer matrimonio, dado que el divorcio rompe completamente el vínculo matrimonial, por lo tanto, se podrán volver a casar, una vez que la sentencia sea firme y sea inscrita en el Registro Civil correspondiente.

    No estamos casados, ¿podríamos regular unas medidas al tener hijos en común?

    . Se aplicaría la misma normativa por analogía con los mismos derechos y obligaciones, y al igual que en un Divorcio, siempre es preferible, por tiempo y costes, además del interés de los menores, si los hubiere, que es lo más importante para Albares Abogados, que se realizara de mutuo acuerdo entre los progenitores.

    Divorcio de mutuo acuerdo ante notario. ¿Posibilidad de Elegirlo? ¿Asesoramiento Legal?

    La Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria es la posibilidad de que los cónyuges puedan divorciarse de mutuo acuerdo (o separarse) acudiendo al notario a otorgar una escritura pública, siempre y cuando sea un divorcio de mutuo acuerdo, y no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente (lo que anteriormente se denominaba discapacitado). También puede otorgarse el consentimiento ante los secretarios judiciales.

    Hay posibilidad de elegir notario: se puede acudir a cualquier notario del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.
    En ella los cónyuges deben intervenir en el otorgamiento “de modo personal” (art. 82 CC), es decir, parece en principio que se configura como un acto que no es delegable por medio de poder o alegación de representación verbal, y luego ratificada. Han de acudir los dos, a la vez, a firmar la escritura.
    Quizá la causa de esto sea el asesoramiento legal que se configura en todo caso como obligatorio: deben estar asistidos por letrado en ejercicio, dice el art. 82 CC, y el art. 54.2 de la Ley del Notariado, añade “2. Los cónyuges deberán estar asistidos en el otorgamiento de la escritura pública de Letrado en ejercicio.”. En definitiva, que el legislador quiere que la asistencia letrada, sin perjuicio de que pueda ofrecerse antes, exista siempre, y de modo personal, en el momento del otorgamiento de la escritura. Que a la hora de firmar la escritura de divorcio, los cónyuges mismos (y no  unos representantes suyos) puedan consultar, hablar y negociar lo que sea preciso -en cuanto al convenio sobre todo- entre sí y asesorados por el abogado. En constancia de su presencia y asesoramiento legal, el o los letrados firmarán también la escritura.

    Albares Abogados Manises y Valencia cuenta con la experiencia necesaria para hacerse cargo de su asunto y resolverlo de la mejor forma posible. Nuestra trayectoria y profesionalidad nos avalan.

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