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    Delito de acoso en Valencia - Albares abogados
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    Archivada la causa por un posible delito de acoso en Valencia

    Archivada la causa por un posible delito de acoso en Valencia

    Delito de acoso en Valencia

    Abogados Especializados en Derecho Penal – Delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Delitos de acoso. Agresiones sexuales. Abuso sexual. Acoso sexual. Amenazas. Coacciones.

    Albares Abogados penalistas, consigue el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones para un hombre investigado por un delito de acoso en València.

    El delito de acoso, viene regulado en el artículo 172 ter del Código Penal, también llamado «delito de stalking», y se encuentra dentro de los delitos contra la libertad, y en concreto en el Capitulo III del Código Penal, dedicado a «las coacciones».

    La principal particularidad del delito de acoso es que menoscaba la libertad y el sentimiento de seguridad de la víctima, sin necesidad de que exista una amenaza directa o una coacción.

    El delito consiste en acosar a una persona realizando ciertas acciones, siempre que, como señala entre otras, la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 12 de julio de 2017:

    – Se haga de manera insistente y reiterada.

    – No se tenga ningún tipo de autorización legítima para realizar los actos en cuestión.

    – Se produzca una grave alteración del desarrollo normal de la vida cotidiana de la persona acosada.

    Las conductas que el Código Penal contempla como formas de acoso, cuando se cumplan los requisitos anteriores, son las siguientes:

    – Vigilar, perseguir o buscar la cercanía física de otra persona.

    – Establecer o intentar establecer contacto con ella por cualquier medio de comunicación o a través de terceras personas.

    – Mediante el uso de sus datos personales de forma indebida, adquirir productos o mercancías, o contratar servicios, o hacer que terceras personas se pongan en contacto con ella.

    – Atentar contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.

    La pena por el delito de acoso

    La pena por el tipo básico del delito de acoso es de 3 meses a 2 años de prisión o multa de 6 a 24 meses.

    Para el tipo agravado, cuando la víctima sea una persona que se encuentre en situación de especial vulnerabilidad a causa de su edad, enfermedad, discapacidad o cualquier otra circunstancia, la pena por el delito de acoso será de 6 meses a 2 años de prisión.

    Nuevo caso de éxito de Albares Abogados Penalistas en València, Manises y Madrid.

    Sobreseimiento provisional y archivo de la causa por un presunto delito de acoso imputado a nuestro cliente. Los hechos

    Nuestro cliente, estaba siendo investigado por un presunto delito de acoso a una mujer en València, tras coincidir con ella en varias ocasiones en el mismo trayecto de una las líneas que hace un autobús de la EMT de València, y en la parada final de su barrio.

    Además, la denunciante ante la policía nacional, manifestó que la seguía con el coche por su barrio y cerca de su casa cuando paseaba al perro, e incluso, le llegó a hacer gestos desde el vehículo.

    Tras incoarse por el Juzgado de Instrucción de València, las pertinentes diligencias previas y al ser citado para comparecer en calidad de investigado, nuestro cliente, contrató los servicios de Albares Abogados, despacho penalista experto en delitos de acoso, y en delitos sexuales en València, y a nivel nacional.

    LA DEFENSA

    Nuestro abogado director, Pedro Albares Castejón, experto penalista en delitos de acoso en València y en toda España, se personó de inmediato en las actuaciones para su debida valoración y estudio de las diferentes opciones y estrategias de defensa.

    Tras la línea seguida con las actuaciones realizadas por los profesionales de este despacho de abogados, y entre otras, en las declaraciones del investigado y la perjudicada, y con la documental pertinente aportada ante el Juzgado de Instrucción de València, la denunciante manifestó que no volvió a ver al investigado desde hace meses, no reclamando como posible perjudicada de forma expresa en ese momento.

    El Tribunal Supremo STS 324/2017, ya se pronunció sobre el nuevo delito de ‘stalking’ u hostigamiento, introducido en el Código Penal por reforma del año 2015, estableciendo que la conducta para ser delito debe tener vocación de prolongarse el tiempo suficiente para provocar la alteración de la vida cotidiana de la víctima, como dice el tipo penal. No bastan por ello unos episodios, más o menos intensos o más o menos numerosos pero concentrados en pocos días y sin nítidos visos de continuidad, que además no comporten repercusiones en los hábitos de la víctima.

    Por tanto, y conforme a lo anterior, no constando además de forma expresa, que la persona supuestamente agraviada por dichos hechos, quisiera continuar con la investigación de los mismos, nuestro abogado penalista, Pedro Albares Castejón, solicitó el sobreseimiento provisional y el archivo de las diligencias abiertas frente a nuestro cliente. Un extremo que atendió el Juzgado de Instrucción de València, procediendo al archivo de las actuaciones.

    RESOLUCIÓN Y FALLO

    El auto del Juzgado de Instrucción número 8 de València, conforme a lo referido anteriormente, en atención de las diligencias practicadas, y lo solicitado por esta defensa, decreta el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones de conformidad con los artículos 641, 779.1 regla 1ª y 798.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

    Albares Abogados, es un despacho de Abogados Penalistas en València, Manises y Madrid que cuenta con los mejores abogados penalistas, que son expertos reconocidos a nivel nacional y presta sus servicios en todas las provincias de España.

    Somos especialistas en Derecho Penal, en Delitos de Tráfico de drogas, entre otras áreas de práctica. Para nuestros profesionales, la seriedad, el compromiso y la confianza que día a día nos trasladan nuestros clientes, es lo más importante.

    Defendemos sus derechos e intereses con la máxima profesionalidad y rigor, y le acompañamos durante todo el procedimiento penal.

    Teléfono urgencias penal 24h: (+34) 608 306 001

    Teléfono Despacho: (+34) 960 064 221

    Albares Abogados

    Pedro Albares Castejón

    Tel.: 960 064 221

    Móv.: 608 306 001



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