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    Caso de Éxito - Delito Leve de Amenazas y Daños
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    Caso de Éxito – Delito Leve de Amenazas y Daños

    CASO DE ÉXITO – DELITO LEVE DE AMENAZAS Y DAÑOS

    Abogados especialistas en derecho penal económico

    Albares Abogados Manises, Valencia y Cuenca, consigue la libre absolución de su defendido tras el juicio por un delito leve de amenazas y daños a un vehículo.

    Los profesionales de Albares Abogados, estamos muy satisfechos por haber conseguido un nuevo Éxito judicial en derecho penal, todo ello, en defensa de los derechos e intereses de nuestro cliente, en la búsqueda de la verdad y de la justicia.

    Nuestro abogado director Pedro Albares Castejón, abogado especialista en derecho penal en València, Manises y Cuenca, consigue una vez más, que se dicte una Sentencia absolutoria, por la que se absuelve a nuestro defendido de los delitos leves de amenazas y daños de los que venia siendo acusado.

    El cliente acudió a nuestro despacho de abogados en Manises, porque había sido citado a un juicio como denunciado, por un delito leve de amenazas y daños a un vehículo, tras una discusión varios meses atrás con otra persona, en la Ciudad de Manises.

    En primer lugar, es importante señalar, que el delito leve de amenazas, se encuentra regulado en el artículo 171 del Código Penal, y su redacción es la siguiente:

    «Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior.

    Por otro lado, el delito leve de daños es aquel que encuadra a los daños causados en la propiedad ajena, y se encuentra recogido en el artículo 263.1 párrafo segundo, del Código Penal, conforme al cual:

    ’’ Si la cuantía del daño causado no excediere de 400 euros, se impondrá una PENA DE MULTA DE UNO A TRES MESES”.

    Caso de Éxito - Delito Leve de Amenazas y Daños

    Es importante recordar y destacar, que la última reforma del Código Penal, en vigor desde el día 1 de julio de 2015, suprimió todas las faltas que se contemplaban en dicho texto legal.

    Lo anterior supone, que una serie de conductas que antes se castigaban como “faltas”, pasaban a convertirse en “infracciones administrativas” o bien en “delitos leves”.

    Los llamados delitos leves, son las conductas ilícitas que no son tan graves como un delito y se castigan con penas menores.

    En este sentido, el art 13.3 del C.P dice que, ‘’son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve’’.

    La principal característica de los delitos leves, es que implican antecedentes penales de hasta seis meses después de la extinción de la pena. Por el contrario, las denominadas anteriormente como faltas, no conllevaban antecedentes.

    Por tanto, a nuestro cliente podrían haberle quedado antecedentes penales, por lo que, era importante solicitar su absolución y demostrar que los hechos alegados por la denunciante no eran ciertos, haciendo prevalecer la presunción de inocencia.

    Caso de Éxito

    Desde Albares Abogados, queremos puntualizar, que si bien es cierto, que a este tipo de juicios por delito leve se puede acudir sin abogado, y por tanto, aún no siendo preceptiva su intervención, es aconsejable poder contar con los mejores abogados expertos penalistas para su defensa.

    En este despacho de abogados penalistas en València, Manises y Cuenca, consideramos clave la intervención de abogado en los juicios por delitos leves, tanto en la posición de defensa, como si es usted víctima o perjudicado. Además, es recomendable, poder contar con dicho profesional, desde el principio.

    Con lo anterior, no sólo, se puede garantizar una buena estrategia de defensa, sino además, que le acompañen y le guíen durante todo el proceso, y pueda acudir el día de juicio con seguridad y tranquilidad.

    Además, y fundamental, es intentar evitar que le puedan quedar antecedentes penales por estos hechos si es usted el denunciado, o se solicite la condena, indemnización y multa correspondiente, si es usted el perjudicado.

    Gracias a la gran labor de defensa y buen hacer de nuestro abogado penalista, Pedro Albares, desde el inicio y en el acto del juicio, conseguimos que las amenazas y daños al vehículo denunciados, y reclamados por la parte denunciante, ratificándose así en la vista, no quedaran probados.

    En la Sentencia del Juzgado de Instrucción Número 1 de Quart de Poblet, Núm. 57/2021 de 27 de mayo de 2021, tras el interrogatorio de las partes y la prueba practicada en el juicio, se absuelve a nuestro cliente, al existir versiones contradictorias, al no haber quedado acreditado que amenazara a la denunciante y fuera el autor de los daños en las ruedas de su vehículo, no entendiéndose conculcado por todo ello, el principio de presunción de inocencia del denunciado.

    Si has sido denunciado como autor de un delito leve de amenazas en València, Manises, Paterna, Quart de Poblet o Cuenca, no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados.

    Puede seguir nuestros casos de éxito y otros artículos en el siguiente apartado de nuestro Blog y Actualidad.

    Puede consultar nuestros servicios jurídicos, a través del formulario de contacto de nuestra web formulario de contacto de nuestra web o llamando a los teléfonos 📞 +34 960 064 221 / 📞 +34 608 306 001.

    Estaremos encantados de atender su consulta y si así lo decide, de poder defender sus derechos e intereses.

    Abogado Director de Albares AbogadosAbogado especialista en Derecho Penal en Valencia, Manises y Cuenca

    En Albares Abogados Valencia y Manises disponemos de abogados especialistas en Derecho Penal

    Albares Abogados

    Pedro Albares Castejón

    Tel.: 960 064 221

    Móv.: 608 306 001



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