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    Sobreseimiento delito de quebrantamiento de orden de alejamiento
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    Sobreseimiento delito de quebrantamiento de orden de alejamiento

    Caso de éxito. Sobreseimiento delito de quebrantamiento de orden de alejamiento

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    El Delito de quebrantamiento de orden de alejamiento – Abogados penalistas en València y Madrid

    Compartimos un nuevo caso de éxito obtenido por nuestro abogado experto en derecho penal en València, y a nivel nacional, Pedro Albares Castejón.

    En Albares Abogados, contamos con los mejores abogados penalistas en València, Manises y Madrid. Nuestro despacho de abogados actúa a nivel nacional en distintas áreas de práctica jurídica.

    En este asunto del ámbito del derecho penal y violencia de género, se acusaba a nuestro cliente de quebrantar una orden de alejamiento que se encontraba en vigor en la fecha de los hechos denunciados por su ex pareja.

    En la fecha de los hechos denunciados en julio de 2022, nuestro cliente, tenía una orden de alejamiento que estaba en vigor, con la prohibición de aproximación a un mínimo de 200 metros a su ex pareja, domicilio, colegio o cualquier otro lugar frecuentado por ella. El auto del Juzgado de Instrucción 3 de Carlet la dejó sin efecto en fecha 30 de septiembre de 2022, tras la defensa llevada a cabo por los profesionales de este despacho de abogados en el procedimiento principal por diversos delitos de violencia de género, agresiones sexuales continuadas y retención ilegal, consiguiendo el archivo de las actuaciones en las que se dictó la medida cautelar, tanto en el Juzgado de Instrucción, como posteriormente en la Audiencia Provincial de València.

    htts://www.albaresabogadosmanises.es/delito-de-violencia-de-genero/

    La orden de alejamiento tienen la finalidad de proteger a la víctima de cualquiera de los delitos referidos en el art. 57 del Código Penal; delitos de homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio, el orden socioeconómico y las relaciones familiares.

    Estas medidas permiten que, de forma cautelar, se prohíba al investigado en un procedimiento penal, residir en un determinado lugar o acudir a él, aproximarse a la víctima o comunicarse con ella (ya sea personalmente, por teléfono, a través de terceras personas, por correo o por cualquier vía telemática).

    Es primordial tener presente, que el delito de quebrantamiento de una orden de alejamiento es un delito que podemos considerar de cierta gravedad, ya que se trata del delito de quebrantamiento de condena, y lleva aparejada una pena de prisión de 6 meses a 1 año, como así está previsto en el art. 468.2 del Código Penal.

     

    Dicho lo anterior, es importante también puntualizar, como así insistimos desde este despacho de abogados, que la persona sobre la que recae una medida de esta naturaleza ha de ser especialmente cautelosa en el cumplimiento de la prohibición de acercamiento, siendo obligatorio, que se marche inmediatamente del lugar en el momento de tener conocimiento de la presencia de su ex pareja.

    No obstante, y por eso consideramos de especial importancia este nuevo éxito judicial, tras conseguir de nuevo el sobreseimiento de las actuaciones en otro asunto penal derivado de la investigación por presuntos delitos de violencia de género, que no se puede condenar a una persona que desconocía en todo momento que su ex pareja se encontraba cerca, pues faltaría el elemento “de intención” que configura la realización de este tipo penal.

    En el caso que comentamos, nuestro cliente estaba paseando sobre las 20:45 horas con un amigo, por una zona de paso cercana a su domicilio, y no se percató de que su ex pareja se encontraba por pura casualidad en la acera de enfrente de un parque. Era la primera vez que coincidía con su ex pareja, de forma imprevista, no se mantuvo en el lugar y siguió su camino.

    Lo resuelto mediante Auto por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número uno de Alzira, en fecha 27 de Marzo de 2023, siguiendo la línea de defensa de nuestro abogado penalista, acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones conforme a lo previsto en el art. 641 de la LECrim, al no existir indicios suficientes para considerar que el investigado hubiera cometido el delito de quebrantamiento por el que se incoó el procedimiento.

    Dicho lo anterior, es importante reseñar que la resolución todavía es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de València, y tampoco hay que olvidarse de lo señalado al inicio de este artículo, dado que se debe ser siempre muy cauteloso si pesa una orden de alejamiento, porque es muy posible que se tenga que afrontar, en primer lugar, una situación nada agradable, como es una detención de la guardia civil o de la policía, aunque la Justicia como en este asunto acabe llegando.

    En este despacho de abogados con oficinas en València, Manises y Madrid, contamos con los mejores penalistas que defenderán sus derechos e intereses con la máxima dedicación y profesionalidad, y le acompañarán tanto en la posición de acusación como de defensa, durante todo el procedimiento penal.

    Mejor abogado penalista de Valencia

    En Albares Abogados Valencia, Manises y Madrid disponemos de abogados especialistas en Derecho Penal.

    Puede ponerse en contacto con este bufete, por cualquiera de los medios de contacto indicados en esta página web, y estaremos encantados de poder atender su consulta y de ayudarles en su asunto penal o de violencia de género.

    Teléfono Atención 24h: (+34) 608 306 001

    Reconocido como el mejor abogado penalista en València

    Albares Abogados

    Pedro Albares Castejón

    Tel.: 960 064 221

    Móv.: 608 306 001



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