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    Sobreseimiento provisional delito de agresión sexual - Albares
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    Sobreseimiento provisional delito de agresión sexual

    Sobreseimiento provisional delito de agresion sexual: caso de éxito.

    Sobreseimiento delito de agresion sexual

    Sobreseimiento provisional delito de agresión sexual

    Caso de éxito: Delito de agresión sexual en València. Sobreseimiento provisional de la causa

    LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALENCIA CONFIRMA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL

    Nuestro despacho de abogados penalistas en Valencia, Madrid y a nivel nacional, consigue de nuevo el sobreseimiento y archivo de las actuaciones tras una denuncia interpuesta contra nuestro defendido, por un delito sexual que no cometió.

    El delito de agresión sexual

    La agresión sexual viene regulada en los artículos 178, 179 y 180 del Código Penal y se caracteriza por ser un ataque contra la libertad sexual en el que se puede utilizar o no la violencia o intimidación.

    Dicho lo anterior, con la reforma del solo sí es sí, lo que antes se denominaba abuso sexual, pasó a ser un delito de agresión sexual, tipificado en el artículo 178.1 del Código Penal.

    1. “Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”

    Conforme a lo expuesto, la agresión sexual consiste en actos que atentan contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Se puede cometer con o sin violencia o intimidación.

    Caso de éxito: Sobreseimiento provisional. Delito de agresión sexual.

    LOS HECHOS

    La denunciante interpuso denuncia contra nuestro cliente, al que conocía previamente, por un presunto delito sexual, y así lo manifestó en su declaración judicial, que tras entablar una conversación con él, durante las celebraciones del Medio Año Fallero en un pueblo de Valencia y, pasados unos momentos, cuando se apartaron a un lugar más discreto, el denunciado la besó, pero sin emplear violencia alguna, tras lo cual le levantó la camisa y metió la mano por el pantalón, tocándole la zona genital y al decirle que no quería, el denunciado retiró la mano, sin que pasara nada más.

    Tras realizar todas y cada una de las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, el Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia, decretó mediante auto de fecha 27 de abril de 2023, el sobreseimiento provisional de las actuaciones al no observar la comisión de delito alguno por parte de nuestro defendido.

    Contra dicha resolución, se interpuso por la representación procesal de la denunciante, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia, solicitando la revocación del auto referido. Este despacho de abogados, tras el traslado conferido, y siguiendo la misma línea de defensa desde el principio, se opuso al mismo, solicitando su desestimación y la confirmación del sobreseimiento provisional.

    LA DEFENSA

    Tras la denuncia presentada por la denunciante, el denunciado fue detenido por la guardia civil, y el Juzgado decretó una medida cautelar de alejamiento sobre la supuesta perjudicada. Al iniciarse la fase de instrucción y ser investigado por un delito sexual, con la gravedad y las nefastas consecuencias que le hubiera podido suponer en caso de una condena, quien sería nuestro Cliente procedió a contactar a nuestro despacho penalista en Valencia, especializado en delitos sexuales y agresiones sexuales, para que asumiéramos la defensa de su asunto.

    El procedimiento fue dirigido por nuestro abogado director y penalista, Pedro Albares Castejón, especialista en derecho penal, en delitos sexuales y violencia de género, quien tras entrevistarse con el cliente en nuestro despacho de València capital, procedió a determinar la línea de defensa a seguir en el caso concreto, consistente en demostrar que nuestro defendido no había cometido los supuestos hechos delictivos por los que fue denunciado y por tanto, ninguno delito.

    Nuestro cliente, desde el principio negó los hechos por los que había sido denunciado, simplemente, se encontraba en una fiesta de su falla con más amigos y otras personas. Tenía un trabajo estable y carecía de antecedentes penales.

    Siguiendo la línea de defensa de nuestro abogado penalista en Valencia, tanto en las actuaciones ante el Juzgado de Instrucción, solicitando las diligencias a practicar oportunas, y con las preguntas pertinentes, en la declaración de la perjudicada y posteriormente, en la de cada uno de los testigos, así como en la oposición a la apelación, la Audiencia Provincial de Valencia, desestima el recurso planteado de contario.

    La Sala entiende, que tras el resultado que han ido arrojando las diligencias instructoras practicadas, que se estiman suficientes para cimentar la decisión alcanzada en su día por la instructora, pues obran, entre otras, no solo las declaraciones de denunciante y denunciado, sino también las declaraciones de diversos testigos presenciales y propuestos por las partes, así como las fotografías del lugar donde se denuncia acontecieron los hechos.

    RESOLUCIÓN y FALLO

    Con el resultado del material indiciario referido, la Audiencia Provincial de València, como así resolvió en su momento el Juzgado de Instrucción, también considera improcedente continuar con la tramitación de la causa, pues los elementos incriminatorios se han mostrado insuficientes a tales efectos teniendo en cuenta que no se identifica base indiciaria lo suficientemente sólida como para sostener la imputación penal.

    La Audiencia Provincial de Valencia mediante auto de fecha 5 de Junio de 2023, desestima el recurso de apelación interpuesto en contra del auto de sobreseimiento provisional de fecha 27 de abril de 2023, decretado por el Juzgado de Instrucción 8 de Valencia, por un presunto delito de agresión sexual en contra de nuestro cliente.

    Así la Sala, confirma el sobreseimiento provisional de las actuaciones de acuerdo con el reseñado Auto del Juzgado de Instruccion de Valencia y conforme a lo dispuesto en los artículos 779-1,1a y 641-1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

    En Albares Abogados, entendemos que una buena Defensa Penal comienza desde el primer día, y en este despacho contamos con los mejores Especialistas En Delitos Sexuales, que estudiarán su caso, y le recomendarán la mejor estrategia.

    Albares Abogados, es un despacho de Abogados Penalistas en València, Manises y Madrid que cuenta con los mejores abogados penalistas, que son expertos reconocidos a nivel nacional y presta sus servicios en todas las provincias de España.

    Somos especialistas en Derecho Penal, en Delitos Sexuales; Agresión Sexual y Violaciones, y en Violencia de Género, entre otras áreas de práctica. Para nuestros profesionales, la seriedad, el compromiso y la confianza que día a día nos trasladan nuestros clientes, es lo más importante.

    Defendemos sus derechos e intereses con la máxima profesionalidad y rigor, y le acompañamos durante todo el procedimiento penal.

    Teléfono urgencias penal 24h: (+34) 608 306 001

    Teléfono Despacho: (+34) 960 064 221

    Albares Abogados

    Pedro Albares Castejón

    Tel.: 960 064 221

    Móv.: 608 306 001



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