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    Divorciados con hijos
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    Los divorciados con hijos perderán el derecho a la vivienda familiar si conviven con una nueva pareja

    El Tribunal Supremo establece que el interés del menor no puede «restringir o limitar más derechos de los que ampara»

    La mayoría de jueces y abogados consideran que la sentencia supone una auténtica revolución en el derecho de familia, ya que sentará jurisprudencia sobre este asunto tan polémico. Sin embargo, hay quien considera que la sentencia no vela suficientemente por los intereses del menor.

    Pérdida vivienda familiar

    Asunto

    La sentencia versa sobre una pareja de Valladolid que se divorció, obteniendo la mujer la custodia de los hijos menores y el uso de la casa en la que habían estado conviviendo.

    La nueva pareja de la ex-esposa se mudó posteriormente a dicha vivienda, y el padre solicitó una modificación de medidas, petición que fue inicialmente denegada en primera instancia pero aceptada en recurso ante la Audiencia Provincial, que dictaminó que «el derecho de uso de la vivienda atribuido en su día a esposa e hijos quedara extinguido en el momento en el que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales”.

    La fiscalía recurrió en casación, pero el Tribunal Supremo ha fallado que “la introducción de una tercera persona hace perder a la vivienda su antigua naturaleza por servir en su uso a una familia y diferente”, cuestionando que el derecho a establecer nuevas relaciones «se utilice en perjuicio de otros, en este caso, del progenitor no custodio”.

    El TS afirma que «el interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliar” ambos, y en el caso de un inmueble con carácter ganancial esa conciliación de intereses se facilita sustancialmente.

    Reacciones

    María Dolores Azaustre, vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia, explica que «en derecho de familia, cada caso es especial y requiere de un estudio pormenorizado, pero este criterio daba lugar a situaciones muy sangrantes«, y en este sentido afirma que «no puedes rehacer tu vida a costa del interés económico y personal de tu expareja, sobre todo amparándote en el interés de unos menores”.

    Sin embargo, Elena Ocejo, presidenta de Abogadas para la Igualdad, se muestra preocupada por el fallo, y afirma que “de alguna manera, se priva al menor del derecho a la vivienda”.

    En cualquier caso, y según Pablo González del Pozo, juez de familia en el Juzgado de Primera Instancia Número 24 de Madrid, «va a haber un número importante de procedimientos de modificación de medidas a raíz de esta sentencia”, y se muestra convencido de que se hace necesario que los jueces fijen un plazo en sus sentencias a partir de ahora para que se produzca la liquidación de la sociedad de gananciales.

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    Albares Abogados

    Pedro Albares Castejón

    Tel.: 960 064 221

    Móv.: 608 306 001



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